Resolución 424/2020 Secretaría de Comercio

Botón de Arrepentimiento

Mecanismo oficial e inmediato de revocación de contratación de servicios náuticos contratados a distancia en la República Argentina.

Formulario Oficial de Revocación

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley N° 24.240 y la Resolución 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, usted tiene derecho a revocar la aceptación de los servicios contratados a distancia dentro del plazo de diez (10) días corridos contados a partir de la fecha de suscripción del servicio o pago de seña, sin costo ni penalidad alguna.